La Factura Electrónica Obligatoria (Ley Crea y Crece)

La digitalización de las relaciones comerciales en España es ya una realidad legal. Con la aprobación del Real Decreto 238/2026 , la facturación electrónica pasa de ser una opción a una obligación para todos los empresarios y profesionales en sus transacciones B2B (empresa a empresa).

¿Qué implica la Ley Crea y Crece?

A diferencia de Veri*factu (que se encarga del registro ante Hacienda), esta ley regula cómo enviar y recibir las facturas entre clientes y proveedores. El principal objetivo es reducir la morosidad comercial y digitalizar los procesos administrativos de las empresas.

El formato Facturae: Tu aliado

Nuestro sistema está plenamente integrado con el estándar Facturae (formato XML estructurado), que es el modelo de referencia en España para el intercambio de datos entre sistemas informáticos.

Aspectos clave del nuevo sistema

1. Comunicación obligatoria de estados

La normativa exige que el receptor de una factura informe sobre su estado de forma telemática. El sistema permite gestionar las notificaciones de:

2. Coexistencia con la Solución Pública

Todas las facturas emitidas mediante software privado deben tener una copia de seguridad en la Solución Pública de Facturación Electrónica gestionada por la AEAT. Esto garantiza que cualquier receptor pueda acceder a sus facturas aunque no disponga de una plataforma de pago.

3. Firma Delegada

Para facilitar el día a día, el sistema permite la firma delegada. Esto significa que el software puede firmar las facturas electrónicamente en nombre del emisor, evitando que el usuario deba utilizar su certificado digital manualmente para cada transacción.

Calendario de plazos (2026-2028)

La obligatoriedad se aplica de forma progresiva según el volumen de facturación anual:

  1. Grandes empresas: Obligatorio un año después de la aprobación de la orden técnica (previsión 2027).
  2. Pymes y Autónomos: Obligatorio dos años después de su aprobación (previsión 2028).

Nota: Para facturaciones a particulares (B2C), deberá seguir el sistema Veri*factu para asegurar el registro fiscal, aunque no se envíe un archivo Facturae al cliente final.